O BARBANZA – El Sindicato de Estudantes convoca huelga para el día 24 de noviembre
El Sindicato de Estudantes comunicó este miércoles la convocatoria de huelga para el 24 de noviembre, y que va dirigida al alumnado de 3º de la ESO en adelante, que se siente amenazado con las reválidas y soporta en sus centros educativos la implantación de la Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), así como los recortes que se impusieron “atacando con todo iso o seu dereito á educación”. Desde la Confapa dan un plazo para trabajar las instituciones -Parlamento, conferencia sectorial, Consejo Escolar del Estado, etc.- tras conocerse el acuerdo del Congreso. Este organismo señala que asumieron gestionar las demandas que se suscitaron el pasado 26 de octubre, «advertindo que estaremos moi atentos a que nesa canle sexan atendidas e sen renunciar a convocar outras movilizaciones no futuro, si é que as circunstancias requíreno. E farémolo dende a responsabilidade e desde o compromiso asumido polo conxunto da comunidade educativa, no marco da Plataforma en Defensa do Ensino Público de Galicia, que sintetizamos en «non ás reválidas», » non á Lomce» y la «reversión de los recortes en la escuela pública».
De todas maneras indica que en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio reguladora del Derecho a la Educación (según la redacción dada por la LOE, que no fue modificada por la Lomce), se estipula que: “En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la Educación Secundaria Obligatoria, con respeto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando estas sean resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro”. Además, recientes sentencias judiciales han avalado la necesidad de respetar este derecho del alumnado.
Ello quiere decir que en aquellos centros en los que se celebraron reuniones legalmente convocadas por el alumnado y de cuyo resultado se tengan derivado y comunicado acuerdos colectivos de no asistencia a clase de los estudiantes de 3º de la ESO en delante, en este caso el 24 de noviembre -ya sea de forma total o parcial, puesto que la norma no obliga a un formato determinado-, no se podrán considerar faltas de conducta ni podrán ser sancionadas de ninguna manera. «Polo tanto, si os condicionantes anteriores cúmprense, non poderá prohibirse nin dificultarse o exercicio deste dereito, comúnmente coñecido como de folga de estudantes, por parte de ninguén. Nese sentido, si recibíranse circulares ou documentos por parte da Administración educativa ou de calquera outra instancia ou persoa, indicando algo en contra do especificado anteriormente, deberá poñerse en contacto inmediato da asociación de nais e país de alumnos, (ANPA), do centro educativo e, si existise, da asociación do alumnado, rexeitando calquera documento que vulnere a norma e, si fose o caso, realizando as accións legais oportunas para defender o lexítimo exercicio deste dereito», puntualizan desde la Confapa.